Se estima que en Chile se generan unas 126.000 toneladas de
aceites lubricantes usados, pero sólo el 47% son tratadas de
conformidad con la regulación vigente. Se establece un plazo de
dos años para iniciar con las metas.
Un nuevo hito en la
implementación de la ley de Responsabilidad Extendida del Productor
(REP) -también conocida como Ley del Reciclaje- se marcó con la
publicación en el Diario Oficial del decreto que fija las metas de
recolección y valorización para los aceites lubricantes, uno de los
productos declarados como prioritarios en la legislación.
De ello dio cuenta la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya,
quien explicó los alcances de esta normativa: “este decreto permitirá
que forma gradual, se recolecten y valoricen el 90% de los aceites
lubricantes usados en el país, a través de exigencias establecidas a los
productores de este residuo. Esto sin duda promoverá la economía
circular, lo cual va en la línea del Gobierno Ecológico del presidente
Gabriel Boric”.
Por su parte, el ministro (s) del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño,
fue enfático al señalar que este es un importante hito medioambiental
para nuestro país, ya que según explica “en Chile se generan unas
126.000 toneladas de aceites lubricantes usados, pero sólo el 47% son
tratadas de conformidad con la regulación vigente, mientras que el resto
tiene un destino desconocido”.
Normativa y plazos de cumplimiento
El decreto establece la obligación de recolectar y reciclar el 50% de los
aceites lubricantes usados, lo cual se irá incrementando gradualmente
hasta llegar al 90% al año 12. Según explicó Proaño “son metas
exigentes, pero daremos un tiempo de dos años para que la industria se
adapte a las nuevas exigencias y comiencen a regir las primeras metas”.
Este decreto de la ley REP no solo involucra a los productores de aceites
lubricantes, sino también a otros actores relevantes en la cadena, como
son los comercializadores y los talleres, ya que las personas podrán
entregar los aceites lubricantes usados en cualquiera de estos recintos,
lo cual no tendrá costo asociado. A su vez, los sistemas de gestión
tienen la obligación de proveer el servicio de retiro de ALU, sin costo,
desde los comercializadores. Ambas obligaciones entrarán en vigencia
después de 24 meses de publicado el decreto, es decir, el 11 de
noviembre del 2026.
“Además, se promoverá la inversión sustentable. Para cumplir las metas
necesitaremos más plantas que sean capaces de reciclar todo este
aceite. Habrá más y mejor trabajo e impulsaremos nuevos
emprendimientos verdes para Chile”, enfatizó el ministro (s) Maximiliano
Proaño.
Cabe destacar que los “productos prioritarios” establecidos en la Ley
REP y sujetos a cumplir metas de recolección y valorización son seis:
Aceites Lubricantes, Pilas, Aparatos Eléctricos y Electrónicos, Baterías,
Envases y Embalajes, y Neumáticos.
A la fecha, hay dos decretos de metas vigentes: el de neumáticos y el
de envases y embalajes. Ambos fueron publicados en 2021 y cuyas
metas entraron en vigencia en enero y octubre de 2023,
respectivamente.
Para conocer más sobre esta iniciativa, puedes visitar el sitio