La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, integrada por los ministros Michel González, Jorge Fernández y la fiscal judicial Marcela de Orué, rechazó el recurso de nulidad que había interpuesto la defensa de dos de los tres condenados como autores de la muerte del joven skater Sebastián Cornejo, con lo cual ratificaron la sentencia de 15 años y un día que había aplicado el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua el pasado 4 de enero, como autores del delito de homicidio calificado.
La resolución de fecha 20 de febrero de 2016 señala que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Juan D.B.L. y Christian J.M.M., representada por el abogado Sergio Gana, la que solicitaba que se rechazara la calificante de ensañamiento y se condene por homicidio simple, reduciendo con ello la pena a 10 años y un día.
Según señala el fallo del tribunal la alzada, la defensa planteó que en los hechos ocurridos la madrugada del domingo 11 de octubre en calle Arturo Prat de Machalí y que causaron la muerte del joven estudiante, no hubo ensañamiento en la agresión, toda vez que para demostrar aquello se debió acreditar que Juan D.B.L. buscó intencionalmente aumentar de manera inhumana el dolor de la víctima.
El fallo redactado por el ministro Michel González, explicita que en la sentencia de fecha 4 de enero pasado no se observa que los jueces hayan actuado con infracción de la ley, que es lo que busca un recurso de nulidad, que es que la sentencia en comento se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho.
Por lo anterior se procedió a rechazar el recurso de nulidad, por cuanto el reclamante en sus argumentos planteó –dice el fallo de la Corte de Apelaciones- más bien la aplicación de criterios doctrinales o jurisprudenciales, circunstancia que no está amparada por la causal alegada.